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FEDERACION ECUESTRE ARGENTINA |
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Fax. 4775-4423 |
Buenos
Aires, 03 de enero de 2005
CIRCULAR
N° 2/05
SECRETARIA DE ENDURANCE
REGLAS DE PARTICIPACION EN
CARRERAS DE ENDURANCE
La
Secretaría de Endurance pone en su conocimiento las reglas para participar en
competencias de Endurance que se pondrán en vigencia a
partir del 1° de marzo de 2005.
Sin hallarse habilitado para
la categoría en la que intente participar, ningún caballo o jinete
podrá ser inscripto en una prueba de Endurance organizada, fiscalizada o
integrante de los calendarios oficiales de la Federación Ecuestre Argentina.-
Las condiciones mínimas
indispensables para ello serán:
1) El binomio deberá hallarse federado de acuerdo a la
categoría de la prueba respectiva.
2) El jinete debe pertenecer a una entidad afiliada a la
Federación Ecuestre Argentina de acuerdo a la categoría de la prueba
respectiva.
3) Los caballos podrán inscribirse en pruebas de hasta
40 kilómetros a partir del año en que cumplan cuatro años de edad; y en
pruebas de mas de 40 kilómetros a partir del año en que cumplan cinco años de
edad.
4) Para participar en una prueba Nacional o Internacional
de cuarenta o mas kilómetros y hasta setenta y nueve kilómetros en un día, el
caballo deberá previamente haber clasificado en una prueba de un día de la
categoría "C" del Campeonato Federal o una prueba de un día de 40 km
organizada por la Federación Ecuestre Argentina.
5) Para participar en una prueba Nacional o Internacional
de ochenta o mas kilómetros y hasta ciento diecinueve kilómetros en un día,
el caballo deberá previamente haber clasificado en dos pruebas de un día que
pertenezcan a la categoría "B" del Campeonato Federal, y/o de
cuarenta o mas kilómetros en un día Nacional y/o Internacional.
6) Para participar en una prueba Nacional o Internacional
de ciento veinte o mas kilómetros y hasta ciento cincuenta y nueve kilómetros
en un día, el caballo deberá previamente haber clasificado en dos pruebas de
un día que pertenezcan a la categoría "A" del Campeonato Federal,
y/o de ochenta o mas kilómetros en un día Nacional y/o Internacional..- Será
indispensable que hayan transcurrido seis meses o más,
desde la primera prueba en que el caballo haya participado y la prueba de
ciento veinte kilómetros en la que se intente participar.
7) Para participar en una prueba Nacional o Internacional
de ciento sesenta o mas kilómetros en un día, el caballo deberá previamente
haber clasificado en una prueba Nacional o Internacional de no menos de ciento
veinte kilómetros en un día, o en su defecto cuatro pruebas de ochenta kilómetros
o más en un día, dos de las cuales como mínimo deberán ser nacionales o
internacionales, pudiendo las otras dos pertenecer al Campeonato Federal.- Será
además indispensable que hayan transcurrido nueve meses o más,
desde la primera prueba en que el caballo haya participado y la prueba de
ciento sesenta kilómetros en la que se intente participar.
8) En las pruebas Internacionales además de lo expuesto,
deberá darse cumplimiento con las
normas establecidas por al Federación Ecuestre Internacional.
No
serán consideradas las pruebas que no formen parte del las competencias
Nacionales o Internacionales organizadas y/o fiscalizadas por la Federación
Ecuestre Argentina, y/o que
integren el calendario correspondiente al Campeonato Federal.
9) La comisión veterinaria interviniente al término de
cada prueba deberá notificar obligatoriamente
al jinete, al Jurado de Campo
Nacional, y a la Secretaría de Endurance de la Federación Ecuestre Argentina,
de toda eliminación por complicaciones metabólicas graves.
10) Los jinetes podrán comenzar a participar en
competencias que no superen los cuarenta kilómetros de distancia,
a partir del año en que cumplan ocho años y hasta el año en que
cumplan los diez años, pero durante este período deberán hacerlo acompañados
por un jinete adulto que tome a su cargo la responsabilidad y conducción del
menor quedando prohibido en tal caso que entre los mismos exista durante el
recorrido del circuito, una separación o distancia superior a los veinte metros
en ningún momento.
11) A partir del año en que cumplan los diez años y
hasta el año en que cumplan los catorce años, los menores podrán participar
en pruebas de no mas de 120 kilómetros en un día o su equivalente.
12) No se aplicarán las disposiciones de los puntos 4) y 5) que anteceden cuando el caballo sea montado en una prueba de ochenta o mas kilómetros por un jinete que en los dos años precedentes, haya participado en dos competencias de ciento veinte kilómetros en un día, o en una competencia de ciento sesenta kilómetros en un día.- En estos casos excepcionales el caballo podrá ser inscripto para participar por vez primera en una competencia de ochenta kilómetros sin necesidad de haber clasificado previamente en pruebas del Campeonato Federal, y/o Nacional y/o Internacional.