Buenos
Aires, 2 de Diciembre de 2003
CIRCULAR
71/03
SECRETARIA
DE SALTO
OBLIGATORIEDAD
DE ESTABLECER PARQUE CERRADO
Se comunica a las instituciones que organizan habitualmente (o las que lo hagan en el futuro) pruebas de alto rendimiento de altura inicial 1.50 m. o más; que reviste carácter obligatorio el establecimiento de un parque cerrado, con vigor mínimo de 24 horas previas al desarrollo de la prueba.
En particular y sólo como ejemplo se indican algunos concursos del calendario anual que deberán incluir parque cerrado: CHA “Sol de Mayo, CAE “Derby General San Martín”, CHMSJ “Copa Presidente”, CHSJV y CHA “Gran Premio República”, etc.